El Canon de Saneamiento es un tributo de la Generalitat, establecido mediante la Ley 2/1992, de 26 de marzo, de Saneamiento de las Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana, que se exige desde 1993.
El Canon de Saneamiento es un impuesto ecológico ya que su fin es mejorar el nivel de conservación de Medio Ambiente de la Comunitat Valenciana. Para ello su recaudación se afecta a la financiación de los gastos de gestión y explotación de las instalaciones de evacuación, tratamiento y depuración de aguas residuales de titularidad pública y, en su caso, de las obras de contrucción de estas instalaciones.
El Canon de Saneamiento grava la producción de aguas residuales manifestada a través del consumo de agua industrial y doméstico y su exacción afecta tanto a los suministros de red como a los propios.
Aplazamiento, fraccionamiento sin intereses del Canon de Saneamiento incluido en facturas o recibos de agua que facturen consumos realizados en el periodo delimitado por agosto de 2022 y julio de 2023 (Decreto Ley 6/2022, de 8 de julio, y Decreto Ley 19/2022, de 30 de diciembre, ambos del Consell, de medidas extraordinarias para el apoyo económico a los contribuyentes del canon de saneamiento para hacer frente al impacto de la inflación en la economía de las familias y las empresas).
A partir del 31 de julio de 2023, acabado el período de aplazamiento del Canon de Saneamiento regulado por la normativa referenciada en el párrafo anterior, y en ejecución del mandato del Consell, las entidades suministradoras de agua han comenzado a exigir el tributo correspondiente al periodo facturado más la fracción alícuota de la deuda total aplazada.
Para mitigar el salto que supone pasar del aplazamiento a la exigencia del Canon más la fracción de la deuda aplazada, el Consell, mediante Decreto Ley 11/2023, de 29 de septiembre, ha acordado las siguientes medidas:
- Ampliar el plazo de fraccionamiento desde los 18 meses actuales a los 36 meses, contados desde la entrada en vigor de la norma, el 30 de septiembre de 2023. Por ello, se determinará un nuevo importe de la deuda a fraccionar, obtenida como resultado de deducir las fracciones pagadas del importe total aplazado.
- Y además, para los consumidores más vulnerables, bonificar – en un 30% o un 50%, según el grado de vulnerabilidad- las fracciones que resultan de la ampliación descrita en el párrafo anterior.
Tarifa reducida aplicable a los suministros propios empleados exclusivamente en instalaciones de refrigeración por geotermia en circuito abierto (Decreto Ley 1/2022, de 22 de abril, del Consell, de Medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica originada en la Comunitat Valenciana por la guerra en Ucrania).