Aquellas actividades industriales que generen subproductos o residuos no peligrosos con elevada concentración de materia orgánica pueden realizar su tratamiento en determinadas depuradoras de la Comunitat Valenciana sin coste alguno, siempre que dispongan de un potencial mínimo para la generación de biogás en los digestores anaerobios de éstas.
Todas las descargas directas de subproductos de origen industrial que se efectúen en cualquiera de las EDAR públicas de la Comunidad Valenciana habilitadas a tal fin deberán obtener previamente la correspondiente autorización de la Entidad de Saneamiento de Aguas (EPSAR).
Solicitud de Codigestión de subproductos en EDAR
Deberán realizar la correspondiente solicitud tanto los titulares de las actividades generadoras del subproducto, como de las entidades y empresas encargadas de su transporte hasta la EDAR.
Parte de recepción de subproductos
A los efectos de certificar el origen y destino de los subproductos, cada vez que se realice un envío a una EDAR, deberá cumplimentarse el correspondiente Parte de recepción de subproductos, indicando en él los datos del productor, características del envío y los datos del transportista encargado de su entrega en la planta, donde se certificará la entrada del mismo.